Hoy vamos a hablar de los problemas que puedo tener si me separo y tengo 1 hijo sin estar casado.
A Guardian Legal nos llegan muchos clientes que quieren saber si tienen los mismos derechos sí tienen 1 hijo y se separan sin estar casados. La respuesta es: SÍ, respecto a los hijos, tendrás los mismos derechos y obligaciones tanto si estas casado como si no, porque la existencia o no del matrimonio, no influye en la relación que tengas con tus hijos.
Lo primero que tengo que hacer si me separo y tengo un hijo sin estar casado, es acudir a un abogado que sea especialista en procedimientos de familia para que te pueda aconsejar que es lo mejor para ti y para tus hijos, porque tienes tus derechos y debes de saber cuales son en los casos de separación con hijos sin estar casados.
Una vez llegado a éste punto, lo primero que te preguntará el abogado es si el procedimiento puede ser de mutuo acuerdo porque no tienes problemas sobre la separación y respecto al régimen que vais a adoptar sobre vuestros hijos o por el contrario, habrá que ir al procedimiento contencioso porque no te pongas de acuerdo con tu ex o tengáis problemas en los puntos fundamentales como son la custodia si va a ser sólo para un progenitor o va a ser una custodia compartida y sobre la pensión de alimentos de tus hijos.
Tras tener claro si los problemas que tienes con tu expareja se pueden solventar o no, el procedimiento al igual que en el de divorcio, se tramitará mediante una demanda que se presentará en el juzgado ya sea mediante un procedimiento de mutuo acuerdo o sea mediante una demanda con carácter contencioso.
Medidas cuando el procedimeinto es de Mutuo Acuerdo.
En los casos en que me separo y tengo 1 hijo sin estar casado, y existe un mutuo acuerdo entre las partes, se tendrá que redactar un Convenio Regulador donde se establezcan los siguientes puntos:
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La guardia y custodia de los hijos que sean menores de edad.
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La patria potestad de los hijos que sean menores de edad.
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El régimen de visitas que se establezca de los hijos.
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Las vacaciones de los menores.
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La pensión de alimentos respecto a los hijos menores o dependientes económicamente.
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Los gastos extraordinarios de los hijos menores o dependientes económicamente.
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La atribución del uso del domicilio familiar, si existiera.
Como es de mutuo acuerdo, las dos partes pueden tener el mismo abogado y procurador, lo que hará que los gastos se reduzcan a la mitad ya que cada parte pagará sólo el 50% del procedimiento.
Medidas cuando el procedimiento es con carácter contencioso.
Cuando llegamos a éste punto, es decir, me separo y 1 tengo un hijo sin estar casado, y entre las partes no nos ponemos de acuerdo sobre todo en el régimen de guarda y custodia sobre los hijos (monoparental o compartida) o con la pensión de alimentos, el procedimiento se tiene que realizar de manera contenciosa.
El procedimiento se inicia presentando demanda que deberá ser interpuesta ante el «Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado. Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el de su última residencia, a elección del demandante y, si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor. « (art. 769 LEC).
Con la demanda tienen que aportarse de manera obligatoria el certificado de nacimiento del hijo o hijos menores del Registro Civil. Si se solicitaran medidas de carácter patrimonial. También es conveniente que se aporte documentación económica para que se tenga en cuenta a la hora de fijar la pensión de alimentos y demás medias de carácter patrimonial que puedan darse, tales como declaraciones del IRPF, nóminas, contrato, facturas de gastos, extractos de movimientos bancarios, … (art. 770 LEC).
En esta demanda también deben constar los puntos que anteriormente hemos expuesto en el procedimiento de mutuo acuerdo que son:
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La guardia y custodia de los hijos que sean menores de edad.
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La patria potestad de los hijos que sean menores de edad.
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El régimen de visitas que se establezca de los hijos.
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Las vacaciones de los menores.
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La pensión de alimentos respecto a los hijos menores o dependientes económicamente.
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Los gastos extraordinarios de los hijos menores o dependientes económicamente.
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La atribución del uso del domicilio familiar, si existiera.
Si me separo y tengo 1 hijo sin estar casado, te invitamos a que te pongas en contacto con Guardian Legal donde somos especialistas en Derecho de Familia y te responderemos a todas las dudas que tengas de manera gratuita y sin compromiso por vuestra parte, llamándo al 954 65 92 09 o pidiendo tu cita en https://www.guardian-legal.com/contacto/